ACUERDO DE PARÍS: PRIMERAS FIRMAS

El 22 de abril de 2016 se abre el proceso para la firma del acuerdo internacional “Acuerdo de París”, resultado de la cumbre celebrada en la ciudad de la que el convenio lleva el nombre el pasado mes de diciembre.

                                                                                                           8. Imagen Acuerdo de París                                                                                                                            Fuente: Reuters

El evento se celebrará en la ciudad de Nueva York y se espera que más de 155 países de todo el mundo, acudan al acto de inicio de la firma del Acuerdo de París sobre Cambio Climático. Estará presidido por el Secretario General de la ONU, Ban Ki-moon, y contará con la participación destacada de la presidenta de la COP21 y ministra de Francia, Ségolène Royal, y la Secretaria Ejecutiva de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), Christiana Figueres.

Si se mantiene el protocolo para firmar del orden alfabético (denominación de los estados en inglés), España (Spain) ocupará el puesto número 129, en base a la lista publicada por la ONU del orden de ceremonia y la lista de los países que han anunciado su presencia en el acto. Ver la lista provisional difundida por la ONU. El Consejo de la Unión Europea ha autorizado la firma del Acuerdo de París en nombre de la Unión Europea el pasado 19 de abril (DOUE: Firma en nombre de la Unión Europea)

“El acuerdo entrará en vigor al trigésimo día contado desde la fecha en que no menos de 55 Partes en la Convención, cuyas emisiones estimadas representen globalmente un 55% del total de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero, hayan depositado sus instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión”. La fecha concreta de esta situación no es conocida, pero se espera que sea en 2017 a más tardar.

Tras la firma, la ratificación o adhesión al Acuerdo se demorará en función de la práctica política de cada país. En algún caso, el Acuerdo podrá ser firmado directamente por el jefe de Estado, mientras que en otros requerirá en función de las leyes la participación del poder ejecutivo o incluso del parlamentario.

Finalmente, tras la firma y la ratificación, entrará en vigor el Acuerdo.